Tarjeta Verde a Través Del Ajuste Ina 245(I): El Camino Hacia la Residencia en EE.UU.

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Descubre cómo la Sección 245 i de la Ley de Inmigración ofrece una ruta para ajustar tu estatus y obtener la Residencia Permanente en EE.UU. sin salir del país.

Requisitos Para El Ajuste de Estatus Conforme a la Ina 245(I)

El ajuste de estatus es un proceso que permite a los extranjeros que se encuentran físicamente en EE.UU. obtener el estatus de residente permanente legal sin tener que regresar a su país de origen.

Normalmente, los solicitantes de un ajuste de estatus deben haber entrado legalmente en EE.UU. y haber mantenido un estatus legal durante su estancia en el país para poder acogerse a este procedimiento. Quienes reúnan los requisitos para obtener la tarjeta verde pero no cumplan este requisito podrían tener que regresar a su país de origen e iniciar el proceso de solicitud de la tarjeta verde.

La tramitación de las solicitudes de tarjeta verde en el extranjero podría llevar años, lo que podría suponer largos periodos de separación para los solicitantes afectados y sus familias. Además, viajar de vuelta a sus países de origen podría significar que se les prohibiera la entrada en EE.UU. durante un máximo de 10 años como sanción por su entrada ilegal o presencia ilegal en EE.UU.  

Afortunadamente, la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), a través de la Sección 245(i), ofrece una vía que permite a determinados solicitantes de permiso de residencia ajustar su estatus y convertirse en residentes permanentes legales a pesar de haber infringido las leyes de inmigración. 

Si desea beneficiarse del alivio que ofrece la sección 245(i), es crucial comprender cómo funciona la ley. 

Nuestro experto abogado de inmigración en The Law Office of Tatiane M. Silva, P.A., se dedica a ayudar a los inmigrantes a navegar por las complejidades de la ley de inmigración de EE.UU.. Podemos ayudarle a entender sus opciones y trabajar para asegurar que el proceso de Green Card sea lo más sencillo posible.

¿Qué es INA 245(i)?

El artículo 245(i) en su forma actual es el resultado de una enmienda a la Ley de Inmigración y Nacionalidad introducida por la Ley de Equidad Familiar en la Inmigración Legal (Legal Immigration Family Equity, LIFE) en 2000.

La enmienda permitía a las personas que normalmente no cumplirían los requisitos para el ajuste de estatus obtener la tarjeta verde sin salir de EE.UU. si

  • entraron en EE.UU. por canales ilegales
  • trabajaban en EE.UU. sin autorización
  • No han mantenido un estatus legal continuo desde su entrada en el país. 

Uno de los principales objetivos de la Sección 245(i) es facilitar la reunificación familiar permitiendo a los inmigrantes indocumentados que son familiares cercanos de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales ajustar su estatus sin el riesgo y las dificultades de abandonar los EE.UU..

Al permitir que los inmigrantes indocumentados que reúnan los requisitos ajusten su situación dentro de los EE.UU., la Sección 245(i) también contribuye a reducir el retraso en la tramitación consular, agilizando así el sistema general de inmigración.

Requisitos de Elegibilidad Para El Ajuste Bajo la Sección 245(i)

Para acogerse al ajuste de estatus en virtud de la Sección 245(i) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, deberá cumplir ciertos requisitos específicos:

  • Ser beneficiario de una solicitud de certificación laboral (formulario ETA-750) presentada a más tardar el 39 de abril de 2001, o
  • Ser beneficiario de una petición de inmigrante (como el formulario I-130 para las solicitudes basadas en la familia o el I-140 para las solicitudes basadas en el empleo) presentada antes del 30 de abril de 2001.
  • Pagar una multa de 1.000 dólares. 

Las personas que cumplen los dos primeros criterios, como beneficiarios principales o derivados de ambas peticiones, se denominan no ciudadanos con derechos adquiridos.

Esto significa que el beneficiario de una petición que reúna los requisitos presentada antes de la fecha límite puede ajustar su condición más adelante en virtud de la Sección 245(i), incluso si tiene la intención de basarse en otra petición de inmigrante para su solicitud de ajuste de estatus. Por ejemplo, si una persona era menor de edad en la petición de su progenitor presentada antes de la fecha límite, pero ahora es mayor de edad, aún podría acogerse al ajuste 245(i) basándose en la petición de su progenitor.  

Sin embargo, para tener derecho a ello, la petición en la que se basa su elegibilidad debe haber sido presentada correctamente y aprobada en la fecha indicada o antes. Si hubiera problemas o errores en los formularios de solicitud que los hicieran defectuosos, sería difícil basarse en dicha petición para el ajuste de estatus 245(i). 

Los solicitantes también tendrían que cumplir los criterios generales para el ajuste de estatus, incluidos los siguientes :

  • Deben estar físicamente presentes en los EE.UU. en el momento de presentar la solicitud de cambio de estatus (y deben haber estado presentes en el país desde el 21 de diciembre de 2000).
  • No deben estar sujetos a ninguna otra causa de inadmisibilidad distinta de las cubiertas por la exención 245(i). En caso contrario, deberán obtener una excepción de inmigración (cuando sea posible).
  • Debe haber un número de visa de inmigrante disponible en su categoría de Tarjeta Verde. 

No basta con creer que cumple estos requisitos. Debe demostrar a las autoridades de inmigración que sí los cumple, con documentación y pruebas sólidas, algunas de las cuales se señalarán en la sección siguiente.  

Cómo Aplicar Para El Ajuste Bajo la Sección 245(i) y Documentación Necesaria

Para iniciar el proceso de solicitud, debe presentar el Formulario I-485 ( Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus)y el Formulario I-485 Suplemento A ante el USCIS y pagar las tasas de presentación necesarias, incluida la tasa de penalización de 1.000 dólares.

Estos formularios deben ir acompañados de copias de ciertos documentos cruciales, incluyendo:

  • Dos fotografías tamaño pasaporte
  • Un documento de identidad expedido por el gobierno con fotografía
  • El certificado de nacimiento del solicitante
  • Informe de examen médico y registro de vacunación (formulario I-693)
  • Prueba de la presencia física del solicitante en los Estados Unidos el 21 de diciembre de 2000, 
  • Una copia de la petición de visa de inmigrante o certificación laboral que sirve de base para la exención por derechos adquiridos 245(i). 

La presentación puntual y precisa de estos formularios y documentos es esencial. Asegurarse de que todos los formularios están correctamente cumplimentados y de que se incluye cada una de las pruebas requeridas ayudará a agilizar el proceso de solicitud.

Cómo The Law Office of Tatiane M. Silva, P.A. Puede Ayudar

En The Law Office of Tatiane M. Silva, P.A., entendemos que navegar por las complejidades de los ajustes INA 245 (i) puede ser abrumador. Estamos dedicados a guiarlo a través de este proceso y podemos ayudarlo de varias maneras, incluyendo las siguientes:

  • Podemos ayudarle a evaluar su elegibilidad para el ajuste de la Sección 245(i) para que no gaste su tiempo y recursos en un procedimiento para el que no califica.
  • También podemos ayudarle con la preparación y presentación de la solicitud de ajuste de estatus y la organización de los documentos de apoyo necesarios para asegurarse de que usted proporciona a USCIS todos los detalles que necesitarán para procesar su solicitud.
  • El proceso de inmigración rara vez es sencillo. Podemos ofrecerle asesoramiento jurídico de calidad sobre los posibles problemas que pueda encontrar y ayudarle a formular estrategias de trabajo para resolverlos.
    • Si usted es inadmisible o inelegible para el ajuste debido a violaciones de inmigración distintas de las cubiertas por la sección 245 (i), podemos ayudarle a navegar el proceso para obtener una exención de inadmisibilidad de inmigración. Dicha exención (si es elegible) le ayudaría a superar su inadmisibilidad y le acercaría un paso más a la obtención de una Tarjeta Verde.
    • También podemos gestionar cualquier correspondencia de las autoridades de inmigración y enviar una respuesta adecuada cuando sea necesario.

    Como parte de nuestros servicios, también podemos ayudar a aclarar las opciones de inmigración para los miembros de la tripulación y los requisitos de elegibilidad de ajuste para los titulares de estatus de protección temporal.

    En cada caso que manejamos, nuestro objetivo es reducir las cargas de nuestros clientes y ayudarles a alcanzar sus objetivos de inmigración con el mínimo estrés. Hemos registrado muchos éxitos en nuestros años de práctica, y estaremos encantados de poner nuestras habilidades y conocimientos de la ley de inmigración a trabajar para usted.

    Póngase en Contacto Con Nosotros

    El ajuste de estatus bajo la sección 245(i) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad ofrece una oportunidad vital para que ciertas personas obtengan la residencia permanente legal sin tener que salir de los Estados Unidos, incluso si entraron en el país ilegalmente o se quedaron más tiempo del permitido por su visa. Esta disposición es un salvavidas crucial para los solicitantes que reúnen los requisitos, ya que les permite obtener la tarjeta verde mientras permanecen con sus familias y continúan su vida en los Estados Unidos. 

    Navegar por las complejidades de la 245(i) requiere una cuidadosa evaluación de elegibilidad, documentación exhaustiva y orientación estratégica de un abogado de inmigración con experiencia.

    Nuestro bufete de abogados tiene las habilidades y la experiencia para mejorar significativamente las posibilidades de una solicitud exitosa, proporcionando asesoramiento jurídico de calidad con una sólida representación durante todo el proceso.

    Póngase en contacto con nosotros hoy para obtener apoyo legal personalizado que se adapte a sus necesidades únicas. Permítanos ayudarle a superar los retos procesales del sistema de inmigración y trabajar para asegurar un futuro estable en los Estados Unidos.

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